Resolución Judicial de la Audiencia Provincial de Ciudad Real.
El auto viene a indicar, que pese a ser conocedor de las dificultades que conlleva el desempeño de la función del MINISTERIO FISCAL y la multiplicidad de asuntos a los que atiende, los plazos procesales son IMPRORROGABLES, y esto ha de ser tomada como norma de orden público, y que no existe justificación alguna para la falta de respeto a los plazos procesales legalmente establecidos para la interposición de los recursos, improrrogabilidad de la que no queda exonerado el Ministerio Fiscal.