Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

Nuevos derechos para personas trabajadoras del hogar con el Real Decreto 893/2024

Con la publicación del Real Decreto 893/2024, el 10 de septiembre de 2024, avanza significativamente la protección de los derechos de las personas trabajadoras del hogar. Este nuevo marco normativo regula la seguridad y salud en el ámbito del servicio del hogar familiar, abordando el problema de infravaloración del trabajo doméstico en términos económicos y sociales.

Principales Derechos de las personas Trabajadoras del Hogar

Este Real Decreto introduce varios derechos clave para las trabajadoras del hogar, con un enfoque especial en la prevención de riesgos laborales:

  • Derecho a la Protección Eficaz en Materia de Seguridad y Salud: Las personas trabajadoras tendrán derecho a una protección integral, adaptada a las características del trabajo en hogares privados. Las empleadoras deberán realizar una evaluación de riesgos del hogar y proporcionar a las trabajadoras y trabajadores los equipos de protección adecuados.
  • Formación en Materia Preventiva: Las personas trabajadoras del hogar deberán recibir formación sobre prevención de riesgos al inicio de su contratación, centrada en los riesgos inherentes a las tareas del hogar. Esta formación será única, incluso si presta servicios para varias empleadoras.
  • Derecho a la Vigilancia de la Salud: Las personas trabajadoras tendrán derecho a un reconocimiento médico, que será voluntario y gratuito, para evaluar su exposición a los riesgos laborales. Este reconocimiento se actualizará al menos cada tres años.
  • Protección Contra el Acoso y la Violencia: La normativa también establece la protección frente a toda forma de abuso, violencia y acoso, tanto sexual como por razones de género, identidad o raza. En caso de enfrentarse a situaciones de violencia, el abandono del domicilio no podrá considerarse como dimisión ni motivo de despido.
Obligaciones para las Personas Empleadoras

Las empleadoras o empleadores también tendrán nuevas obligaciones que se derivan de los derechos de las personas trabajadoras:

  • Evaluación de Riesgos y Adopción de Medidas Preventivas: Las empleadoras y empleadores deberán realizar una evaluación de riesgos utilizando una herramienta online proporcionada por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, y adoptar las medidas necesarias para eliminar o reducir dichos riesgos.
  • Suministro de Equipos de Protección Deberán proporcionar a las trabajadoras equipos de trabajo y protección adecuados, y organizar la actividad preventiva en función de los riesgos identificados.
  • Protocolo de Actuación Frente a Situaciones de Violencia y Acoso En el plazo de un año, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborará un protocolo de actuación para situaciones de acoso y violencia en el empleo del hogar familiar.

El Real Decreto también introduce modificaciones importantes en el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD), adaptando las condiciones laborales y los derechos de estas trabajadoras a los riesgos específicos que supone trabajar en hogares particulares.

Finalmente, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo desarrollará una guía técnica en el plazo de un año, que estará disponible para las personas trabajadoras y empleadoras en las sedes provinciales de Inspección de Trabajo y en la web del Ministerio de Trabajo y Economía Social. La norma entrará en vigor el 12 de septiembre de 2024, con ciertas excepciones para la implementación de medidas relacionadas con la formación y la vigilancia de la salud, que serán exigibles tras la puesta a disposición de herramientas online y normativas complementarias.

Si necesita asesoramiento en la aplicación del Real Decreto, no dude en contactar con Cobo Serrano Abogados.

Área de Derecho Laboral – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados Laboralistas en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

LinkedIn
Facebook
X
WhatsApp
Telegram
Threads
Email

Noticias Relacionadas

Las vacaciones anuales

El derecho a las vacaciones periódicas anuales retribuidas es un derecho constitucionalmente reconocido a todas las personas trabajadoras, irrenunciable, lo que significa que ninguna puede renunciar a sus vacaciones, ni

Leer más »