En fecha 19 de julio de 2016 la Comisión Europea impuso una sanción a los principales fabricantes europeos de camiones (MAN, DAIMLER MERCEDES, DAF, IVECO y VOLVO/RENAULT) en relación a las prácticas contrarias al derecho de competencia llevadas a cabo por estos, consistentes en un pacto o acuerdo en la fijación de precios (cártel).
La investigación sobre el cártel o pacto de fijación de precios, comenzó a partir de una solicitud de dispensa o clemencia presentada por MAN en fecha 20 de septiembre de 2010. Desde entonces, se han venido practicando numerosas inspecciones a distintos fabricantes de camiones, culminando dicha investigación con la imposición de una sanción que asciende a casi 3000 millones de euros que afecta a fabricantes de camiones como MAN, DAIMLER MERCEDES, DAF, IVECO y VOLVO/RENAULT.
Los productos afectados por la infracción del derecho de competencia, son los camiones con un peso de entre 6 y 16 toneladas y los camiones de más de 16 toneladas, tanto rígidos como cabezas tractoras.
La infracción consistente en acuerdos o pactos colusorios sobre la fijación de precios y los incrementos de los precios brutos de los camiones en el Espacio Económico Europeo; y el calendario y la repercusión de los costes para la introducción de tecnologías de emisiones exigidas por lar normas EURO, se ha venido produciendo desde el año 1997 hasta el 2011.
La consecuencia de dicho pacto de fijación de precios es el incremento o sobrecoste en el precio de compra, además de otras partidas, que se estima aproximadamente entre el 10 y el 20 por ciento del precio del camión. Sobrecoste que puede ser reclamado interponiendo la oportuna demanda judicial.
El plazo para la interposición de la demanda, de conformidad con la legislación española, sería de un año, en cambio, según la normativa europea, asciende a 5 años.
A este respecto, de conformidad con los datos de matriculación de vehículos, los afectados en España aproximadamente ascenderían a unos 150.000 transportistas y empresas que han adquirido alrededor de 200.000 camiones en el período de vigencia del cártel.
En definitiva, si usted compró un camión con un peso de entre 6 y 16 toneladas o un camión de más de 16 toneladas, rígido o de cabeza tractora entre los años 1997 y 2011 no lo dude, desde Cobo Serrano Abogados le asesoraremos a fin de recuperar el sobrecoste abonado por tal adquisición y sus correspondientes intereses.
Área de Derecho Mercantil – Cobo Serrano Abogados