En la reciente Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 75/2023, de 23 de enero, Rec. 1381/2021, el Tribunal se pronuncia y completa su doctrina respecto al método de comprobación de valores.
Lo importante de esta nueva Sentencia, radica en que el Tribunal Supremo determina la necesidad y obligatoriedad de la Administración de justificar, con carácter previo a la comprobación, las razones por las que, a su juicio, el valor declarado no se corresponde con el valor real.
- Esta exigencia de motivación de la Administración deriva de la presunción de certeza de la que gozan las autoliquidaciones tributarias.
- Esta exigencia de motivación, es aplicable a cualquier comprobación que efectúe la Administración, sea cual sea el método aplicado por la misma (catastro, dictamen de peritos, etc).
En conclusión: corresponde a la Administración la carga de probar que el valor declarado por un contribuyente en su autoliquidación no es el correcto y justificar, con pruebas individualizadas, por qué no acepta dicho valor declarado.
Lo contrario sería no ajustado a derecho y la comprobación de valores, anulada.
Área de Derecho Administrativo – Despacho Cobo Serrano Abogados.
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