EL PARLAMENTO EUROPEO RECLAMA A LAS AUTORIDADES ESPAÑOLAS QUE REVISEN LA GESTIÓN DEL AGUA EN EL PAÍS EN LÍNEA CON LOS REQUISITOS DE LA DIRECTIVA MARCO SOBRE AGUA Y LOS PLANES DE CUENCA HIDROLÓGICOS Y QUE LA COMISIÓN EUROPEA RECHACE EL SEGUNDO CICLO DE PLANES HIDROLÓGICOS DE CUENCA DEL GOBIERNO ESPAÑOL.
Así lo ha solicitado la Comisión de Peticiones, mediante un informe elaborado el 13 de Julio de 2016, tras la visita de una delegación europarlamentaria para investigar la situación de las cuencas hidrográficas del Tajo y el Ebro.
El texto, que consta de once recomendaciones concretas, incluye entre éstas que la gestión del agua en España sea reevaluada en línea con los requisitos de la Directiva Marco del Agua y los Planes Hidrológicos de cuenca.
Subraya que los últimos planes hidrológicos de cuenca siguen sin abordar todas las deficiencias identificadas por la Comisión en Marzo de 2016 dentro de los planes del primer ciclo, y que por tanto, aún no cumplen las disposiciones de la Directiva Marco sobre el Aguas, pidiendo a la Comisión que rechace el segundo ciclo de los planes hidrológicos de cuenca presentados por el Gobierno español.
Los eurodiputados sugieren que las autoridades españolas trabajen eficazmente junto con las autoridades regionales, las ONG y la sociedad civil y entablen con ellas un diálogo constructivo para la preparación de los planes hidrológicos de cuenca del tercer ciclo, teniendo verdaderamente en cuenta las alegaciones que puedan surgir en el proceso.
Se insta a las autoridades españolas a que integren los recursos hídricos disponibles en el marco del plan hidrológico de cuenca actual, incluidos los recursos no convencionales, en especial el agua de las desalinizadoras financiadas con fondos europeos, para mejorar la seguridad del suministro de agua a nivel de la cuenca.
Información de interés:
La Comisión de Peticiones está integrada por 34 miembros y presidida por un Presidente y cuatro vicepresidentes.
El objetivo de la Comisión de Peticiones es responder a todas las peticiones y, cuando sea posible, ofrecer una alternativa extrajudicial a preocupaciones o cuestiones legítimas que, siempre en relación con los ámbitos de actividad de la UE, los peticionarios le hagan llegar.
Todo ciudadano, actuando a título individual o junto con otros, puede ejercer en todo momento su derecho de petición ante el Parlamento Europeo en virtud de lo dispuesto en el artículo 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Cualquier ciudadano de la Unión Europea o residente en cualquiera de sus Estados miembros puede presentar una petición al Parlamento Europeo, individualmente o en asociación con otras, sobre un asunto que pertenezca a alguno de los ámbitos de actividad de la Unión Europea y que la afecte directamente. Las empresas, organizaciones o asociaciones con sede social en la Unión Europea también pueden ejercer este derecho de petición, garantizado por el Tratado.
Una petición puede consistir en una queja o en una solicitud y puede estar relacionada con asuntos de interés público o privado.
La petición puede contener una solicitud particular, una queja u observación relativa a la aplicación del Derecho comunitario, o un llamamiento dirigido al Parlamento Europeo para que tome posición ante un asunto concreto. Estas peticiones dan al Parlamento la oportunidad de llamar la atención sobre cualquier violación de los derechos de los ciudadanos europeos cometida por un Estado miembro, una autoridad local u otra institución.
Cobo Serrano Abogados
Área Derecho Administrativo
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