El Ayuntamiento de Socuéllamos le obligaba a pagar por “contribución especial” el 46% de las tasas desprendidas de las obras de urbanización de un amplio bulevar de la localidad ciudadrealeña.
El despacho ciudadrealeño Cobo Serrano Abogados ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha confirme la anulación en vía judicial de una liquidación por “contribución especial” que le exigía el Ayuntamiento de Socuéllamos a una empresa –defendida del Despacho-, tras las obras de urbanización de un nuevo bulevar construido en la localidad.
Concretamente, a esta empresa de Socuéllamos, el Ayuntamiento le aplicó erróneamente, según sentencia, unos métodos de reparto de tasas por dichas obras en la Avenida del Ferrocarril, que le obligaban a financiar el 46,91% de los tributos del bulevar, ascendiendo al pago a 89.143,72 euros.
Según explica la abogada de Cobo Serrano Abogados que ha llevado el procedimiento –iniciado en el 2010- “este es un caso de claro abuso de cobro de impuestos- u otras tasas- en el que en ocasiones incurren las administraciones públicas y en el que los administrados se siente totalmente desamparados e indefensos”. “Por este motivo nos sentimos muy satisfechos de haber defendido y ganado esta causa, sentando un precedente jurisprudencial, pues lamentablemente existen más injusticias de este tipo de lo que nos pensamos… lo que todos conocemos como abuso de poder”.
Concretamente, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sentencia que “el Ayuntamiento de Socuéllamos debía haber fijado el módulo o módulos de reparto justos (…) lo que resolvió el Ayuntamiento al aprobar la liquidación no fue respetuoso con la prescripción del art. 32.1 a) del TRLHL ni con el art. 9.1 a) de su Ordenanza nº36”.
Es decir, según explica la letrada, “la legislación tributaria otorga libertad a los Ayuntamientos para que apliquen los módulos de reparto conjunta o separadamente, siempre que se respete el principio de justicia en el reparto”, hecho que no ha ocurrido aquí, ya que a un solo vecino, en este caso a una empresa, le correspondía soportar un 46,9% de la obra de urbanización.
Una vez conseguido este hito jurisprudencial en Castilla-La Mancha en defensa de los intereses de los administrados frente a los administradores públicos, “ahora toca reclamar al Ayuntamiento que le devuelvan el aval bancario (formalizado por importe de 111.430 euros, cantidad correspondiente al principal reclamado más un 25% de intereses precisos para garantizar la suspensión) y los gastos desprendidos del mismo durante estos cerca de seis años para resarcir todos los derechos del vecino de Socuéllamos. “Hemos conseguido desde Cobo Serrano Abogados que este tipo de contribuciones especiales, por legales que sean, siempre tengan que guardar un principio de proporcionalidad y justicia material”.
Notas de prensa:
EL DIGITAL CASTILLA LA MANCHA:
http://www.eldigitalcastillalamancha.es/articulo_opinion.asp?idarticulo=226230&idfirma=&lugar=&ant=
RADIO SURCO:
EL ECONOMISTA: