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El Abogado Responde: Últimas novedades en derecho Laboral

El Real Decreto-ley 5/2023, introduce novedades relativas a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, incluyendo medidas que no se pudieron hacer efectivas mediante la que pudo ser la Ley de Familias, cuyo anteproyecto decayó con la convocatoria de elecciones y la consecuente disolución de las Cortes.

Por su parte, el Real Decreto-ley 2/2023 por el que se incluyó una modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social entra en vigor a partir del día 1 de octubre, estableciendo que la jornada a tiempo parcial equivaldrá a un día completo cotizado.

Dentro de las medidas laborales que se incluyen en el RDL 5/2023 se amplían determinados permisos retribuidos y el derecho a la adaptación de jornada para el cuidado de hijos o de personas con discapacidad, se crea un nuevo permiso parental, en los supuestos en los que cualquier norma se refiera al cónyuge se amplía su aplicación a las parejas de hecho, en definitiva se refuerza el derecho a la conciliación.

En cuanto a la cotización en los contratos a tiempo parcial, desde el 1 de octubre se equiparará el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados con los que se calcularán las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor. Es decir, con la modificación del artículo 247, se llegará antes al periodo cotizado necesario para acceder a la pensión de jubilación (y de las otras mencionadas) al tenerse en cuenta los períodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada (horas diarias) realizada en cada uno de ellos.

 

 

 

Área de Derecho Laboral – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados Laboralistas en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

 

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