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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia acerca de la cláusula IRPH

            El pasado 13 de julio de 2023, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una novedosa Sentencia sobre la posible abusividad de la cláusula inserta en muchos préstamos hipotecarios y que establece el IRPH como tipo de referencia para el cálculo de las cuotas.

            Es un pronunciamiento muy importante para los consumidores afectados por esta cláusula (que determina el cálculo del tipo de interés de sus hipotecas, y que les ha hecho cargar con cuotas hipotecarias extraordinariamente elevadas), ya que podría hacer decaer el criterio mantenido hasta ahora por el Tribunal Supremo que estipula que, si bien la cláusula IRPH puede adolecer de falta de transparencia, no sería abusiva.

Según el TJUE, la posible abusividad podría venir determinada por dos puntos esenciales que se deben analizar en cada caso concreto:

  1. La necesidad de haber informado al consumidor a la hora de contratar, sobre la importancia de aplicar un diferencial negativo al IRPH;
  2. La manera de calcular el IRPH conforme a la normativa bancaria, que podría suponer una doble retribución en determinados casos (como, por ejemplo, en los préstamos a los que se les aplican ciertos tipos de comisiones que ya pueden estar retribuidas aplicando este índice de referencia).

En definitiva, el TJUE ha considerado que, conforme a la legislación estatal y europea, el IRPH podría resultar abusivo si no se informa de la necesidad de aplicar un diferencial negativo para igualar el interés con el del mercado, y si su aplicación supone una doble retribución para la entidad bancaria.         

Las consecuencias de esta consideración irían desde la nulidad de la cláusula con devolución de lo pagado demás en aplicación de la misma, hasta la nulidad del contrato en su integridad (siempre que con esta nulidad no se perjudique al consumidor).

Este criterio del TJUE supone una muy buena noticia para los consumidores afectados por el IRPH, puesto que, si bien nuestro Tribunal Supremo aún tiene que pronunciarse al respecto, siempre debe hacerlo en aplicación de lo determinado por el Tribunal Europeo.

 

Área de Derecho Mercantil – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

 

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