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Cómo calcular la subida del IPC en la pensión de alimentos

Es sobradamente conocido, que en caso de que se produzca un divorcio o una separación, la persona que no tenga la custodia de los hijos menores tiene la obligación legal de pagar una pensión alimenticia, fijada en la sentencia o convenio regulador.

A pesar de lo común del tema, siempre está rodeado de dudas, ya bien sea sobre cómo calcularla, cuándo o de qué manera hacer actualizaciones. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber.

 

¿Qué es la pensión de alimentos?

Una pensión alimenticia es una cuantía monetaria que ha de ser percibida por los hijos de padres divorciados o separados, que se fija por un Juez durante el proceso de divorcio. El importe debe cubrir todos los gastos básicos del día a día que pueda tener el hijo menor de esta pareja que se divorcia. Esto incluye habitación, alimentos, educación, ropa y todo lo que el menor pueda necesitar.

Para definir esta cantidad, que es variable y reajustable, se tendrá en cuenta el patrimonio de ambos progenitores, el número de hijos que hayan tenido y sus necesidades básicas.

 

¿Cuándo se deben realizar las actualizaciones?

Las actualizaciones en la pensión alimenticia también son definidas específicamente para cada caso, normalmente en sentencia judicial o convenio regulador.

 Pero en general se hacen de dos formas: el 1 de enero de cada año, o bien “de fecha a fecha”. Es decir, en el caso de que no figure ningún periodo en dicha sentencia, es recomendable utilizar la fecha de la misma como referencia para las actualizaciones.

En ambos casos habrá un periodo mínimo de 12 meses entre actualizaciones, pero la primera será definida por el año natural (de diciembre a diciembre) y la segunda, en un período en el que el mes inicial y el mes final sean iguales, por ejemplo: se podrían hacer actualizaciones de junio a junio.

Se hace de este modo especialmente para tener en cuenta las variaciones del coste de vida de manera mensual a través del Instituto Nacional de Estadística (INE), teniendo en cuenta el Índice de Precios del Consumidor (IPC), y que servirá de base para hacer los cálculos del reajuste de pensiones.

 

¿Cómo se calcula el reajuste de las pensiones?

Además de estar atento a las fechas de actualización es necesario verificar también, cuál será el índice que se seguirá para hacerlas, si se trata del IPC estatal, el autonómico o el convenio regulador aprobado en sentencia.

 

¿Qué pasa si el IPC es negativo?

En los casos en los que debemos de actualizar la pensión de alimentos y el IPC es negativo, habrá que estar a lo recogido en la sentencia o Convenio Regulador.  Si se establece que la pensión se “actualizará”, si atendemos a un sentido literal la pensión debería de actualizarse tanto alza como a la baja. 

Si bien, recomendamos, y en la práctica se suele hacer así, que aún cuando el IPC es negativo, si las necesidades del hijo siguen siendo las mismas y los ingresos del obligado al pago también, no se reduzca la pensión de alimentos.

Si bien,  son cada vez son más los Juzgados y abogados que para no generar confusión introducen en sus resoluciones y convenios respectivamente la indicación de  que ” la pensiones se actualizarán según la variación al alza del Índice de Precios al Consumo” . Es decir, que si el IPC o índice seleccionado es negativo, la pensión se quedará como está, únicamente variando al alza.

 

¿Cómo reclamamos las actualizaciones de la pensión de alimentos?

1º.- Es aconsejable notificar o requerir al obligado al pago para que regularice la situación voluntariamente abonando los atrasos por la diferencia entre el importe de la pensión abonada y el importe de la pensión actualizada.

Aunque no es obligatorio aconsejamos que el requerimiento solicitando la actualización de la pensión de alimentos  y que abone los atrasos se haga de manera fehaciente, por ejemplo vía burofax, a los efectos de interrumpir la prescripción de la acción y de acreditar haber intentado una solución extrajudicial.

2º.- Intentar a través de los abogados que intervinieron cuando se fijó la pensión de alimentos que se gestione voluntariamente la actualización.

3º.- En caso de negativa o desinterés por el obligado de actualizar el importe de la pensión de alimentos no cabe mas remedio que acudir a la vía judicial para reclamar esas cantidades atrasadas y que se fije judicialmente el actual importe de la pensión. 

 

¿Cual es el procedimiento judicial para reclamar las actualizaciones de la pensión de alimentos?

El procedimiento judicial adecuado será el de ejecución de títulos judiciales.

De lo que se trata es que el Juez ejecute la sentencia que fijó la pensión de alimentos o que aprobó el convenio regulador, títulos en los que se acordó la actualización anual de la pensión de alimentos (artículo 517.2.1º LEC).

El plazo de prescripción para reclamar las actualizaciones de la pensión de alimentos es de cinco años.

 

Área de Derecho Civil  –  Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

 

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