El Real Decreto 145/2024 de 6 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2024 ha sido publicado en el BOE de 7 de febrero de 2024, siendo reseñables los siguientes aspectos:
I. Se incrementa la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) en un 5 % y se sitúa en las siguientes cuantías:
- 134 euros mensuales en 14 pagas.
- 323 euros mensuales en 12 pagas (prorrateo de pagas extras).
- 876 euros anuales.
- 37,80 euros al día.
II. Se excluye para el cómputo de esta cuantía el salario en especie.
III. El SMI podrá incrementarse mediante complementos salariales establecidos en la negociación colectiva (Convenios) o en los propios pactos individuales (contratos).
IV. Esta actualización del salario mínimo interprofesional no afecta ni a estructura ni a cuantía de aquellas retribuciones que se encuentren por encima del mismo en su conjunto, por todos los conceptos y en cómputo anual con arreglo al Convenio de aplicación y contrato de trabajo, por lo que habrá de ser aplicado únicamente para salarios inferiores, garantizando que se igualan a la cuantía establecida como nuevo SMI.
V. Vigente desde el día después a su publicación, con aplicación desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024, por lo que habrá de regularizar su abono desde dicha fecha.
Área de Derecho Laboral – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados Laboralistas en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.