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Sobre los Mensajes de WhatsApp

El estado de WhatsApp también causó problemas a un médico que tuvo que indemnizar con 2.000 euros a un compañero en concepto de daños morales por intromisión en su honor. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Moncada, de diciembre de 2015, le condenó por aludir a su colega de profesión con la expresión «No te fíes de F.S.O». Lo más curioso de este asunto fue que el magistrado, Joaquim Bosch, le obligó además a poner durante un mes como estado en su perfil de WhatsApp la siguiente frase: «Mediante sentencia de fecha 30-12-2015, G. M. P. fue condenado por intromisión ilegítima en el honor de F.S.O.».

Insultos

Pero el caso más sorprendente es el de un hombre condenado el 20 de junio por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Granada a cinco días de arresto domiciliario por mandar un mensaje de WhatsApp a su pareja con el texto «vete a la mierda». Concretamente, se le condenó por un delito leve de injurias o vejaciones del artículo 173.4 del Código Penal.

La foto de perfil también puede ser problemática. La Audiencia Provincial de Burgos se pronunció el pasado 13 de mayo sobre un caso en el que un hombre publicó como foto de perfil una imagen de su expareja sin la parte superior del bañador junto a la expresión «WOW», enviándosela a otra acusada, que la colocó en su perfil con el siguiente texto: «Quien juega con fuego…arde!!! (y todavía hay 100 más)». Ambos fueron condenados por un delito de revelación de secretos a una pena de un año de prisión, inhabilitación especial y multa de 12 meses con una cuota diaria de 6 euros, y a indemnizar a la víctima con 3.000 euros por daños morales.

En el ámbito laboral, una sentencia del TSJ de Madrid, de 10 de junio de 2015, analizó el caso de una trabajadora que, en un momento de arrebato, dijo a su jefa que se quería marchar y así lo plasmó también en un mensaje de WhatsApp. La empresa aprovechó para interpretarlo como una baja voluntaria y le preparó el finiquito, pese a que la trabajadora alegaba despido improcedente. Finalmente, el tribunal respaldó la postura de la empresa.

Mensajes como prueba en un juicio

A la hora de acudir ante los tribunales por algún hecho sucedido a través de WhatsApp es importante tener en cuenta que no resulta aconsejable aportar un mero pantallazo. Alterar la autenticidad de un mensaje de esta aplicación es relativamente fácil, por lo que resulta imprescindible respaldar la prueba. Según explica Alejandro Touriño, socio del despacho Ecija, es vital poder garantizar la cadena de custodia y demostrar que lo que se aporta en el juzgado garantiza la integridad y autenticidad de la prueba. Esto se logra, normalmente, con una evidencia electrónica en forma de informe pericial, en la que el perito verifica de dónde viene, a quién se dirige el mensaje y su contenido. En realidad, no hay mucha diferencia respecto a lo que puede suceder con un correo electrónico que, cuando se presenta como prueba impreso en papel, puede ser impugnado ante la posibilidad de haber sido alterado.

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