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“Banco Cetelem” condenado a devolver casi 10.500 € a un cliente por aplicar intereses usurarios en sus tarjetas de crédito

COBO SERRANO ABOGADOS ha obtenido una nueva victoria judicial. Esta vez frente a BANCO CETELEM en materia de nulidad de contratos de tarjetas de crédito por aplicación de intereses usurarios.

 El Juzgado de Primera Instancia Nº73 de Madrid, ha declarado que, los contratos de tarjeta de crédito suscritos por el cliente con BANCO CETELEM son nulos de pleno derecho por ser usurarios, condenando a dicha entidad financiera a devolver el exceso pagado sobre el capital prestado, así como al pago de las costas judiciales.

A este respecto, el cliente suscribió con BANCO CETELEM dos contratos de tarjetas de crédito Cetelem Aurora, en los años 1998 y 2004, en virtud de las cuales se le vino aplicando un tipo de interés (TAE) de un 24,9% en el primer contrato, y de un 26,9% en el segundo, siendo que los tipos medios en septiembre de 2016 eran de 8,65%, es decir, el TAE aplicado era superior en 3,1 veces al normal del dinero en el caso del primer contrato y en el segundo contrato 4,44 veces superior, lo que se traduce en que, en estos años, a cambio de los 49.006,58 € que el cliente dispuso con las tarjetas Cetelem Aurora, había pagado 28.268,22 € de intereses, esto es, un 57,68 %.

En este sentido, la sentencia establece que el tipo de interés con el  que ha de realizarse la comparación, a fin de valorar si el tipo de interés aplicado es abusivo o usurario es el «normal del dinero», es decir el interés «normal o habitual para este tipo de operaciones crediticias, es decir los tipos de interés aplicados a los créditos al consumo.

Por su parte, BANCO CETELEM trataba de justificar la aplicación de dichos tipos de interés tan elevados, alegando que el resto de entidades financieras ofrecen unos tipos de interés ligeramente inferiores al que venía aplicando. Sin embargo, la sentencia dispone que, el hecho de que otras entidades hayan también establecido intereses similares, no significa que deba valorarse como interés normal a los efectos expuestos, por lo que los tipos de interés aplicados de un 24,9% y de un 26,9% resultan notablemente superiores al de los préstamos de consumo, sin que además conste prueba alguna que determine que concurrían circunstancias excepcionales que pudieran haber justificado esa contraprestación.

En virtud de lo anterior, la sentencia estima la demanda presentada por COBO SERRANO ABOGADOS, anulando los dos contratos de tarjeta de crédito Cetelem Aurora, al entender que la aplicación de unos tipos de interés de un 24,9% y de un 26,9% son abusivos y usurarios, condenando a BANCO CETELEM a devolver al cliente la diferencia cobrada de más sobre el capital prestado, en este caso, un importe de 10.246,79 €.

Carlos Zarceño

Área de Derecho Mercantil – Cobo Serrano Abogados

 

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