Mucho se habla de los derechos de los menores en la actualidad, pero olvidamos que el Código Civil también recoge las obligaciones legales de los hijos para con los padres. En este artículo, desgranamos qué deberes se recogen jurídicamente, así como las consecuencias que asumen los padres por las acciones reprochables de los hijos.
¿Cuáles son las obligaciones de los hijos respecto a los padres?
La patria potestad contempla una serie de obligaciones que los hijos deben cumplir con sus padres:
- El deber de la obediencia, en el cual los hijos están obligados a seguir las órdenes de sus padres mientras se mantengan bajo su patria potestad. Esto significa que los hijos están obligados a cumplir las órdenes de sus padres en pleno ejercicio de sus facultades. Si los hijos incumplen con este deber, los padres tienen derecho a corregirlos o en el peor de los casos a desheredarlos.
- El deber de respeto, que básicamente hace alusión a que los hijos tienen la obligación de respetar en todo momento a sus progenitores. Este respeto tiene que mantenerse incluso cuando la patria potestad llegue a su fin, sin embargo, el respeto que se debe a los padres, no significa sumisión total o incondicional que como consecuencia derive en la falta de personalidad de los hijos. De nuevo, una falta de respeto grave puede ocasionar que los padres deshereden a los hijos.
Además de lo anterior, también es obligación de los hijos contribuir con el levantamiento de las cargas dentro del hogar. Es decir, los hijos están obligados a contribuir de forma equitativa y de acuerdo a sus posibilidades económicas, con el levantamiento de las cargas en el hogar mientras vivan con sus padres.
¿Los padres tienen que responder por las acciones de sus hijos?
Hay mucha confusión respecto a este tema, sin embargo la ley es muy clara en este sentido; los progenitores serán los responsables de todos los daños que ocasionen sus hijos mientras se encuentren bajo su patria potestad. Del mismo modo, aquellos que tengan el carácter de tutores también serán responsables de todos los perjuicios que ocasionen los menores o incapacitados que se encuentren bajo su custodia y que además convivan con ellos.
La razón de esto tiene que ver con el deber de vigilancia que tienen los padres sobre sus hijos, sin embargo, la responsabilidad de los progenitores o los guardadores, termina en el momento en el que prueban que actuaron con toda la diligencia de un padre de familia responsable para evitar los daños ocasionados.
En caso de que la responsabilidad se origina a partir de un acto delictivo por parte de los hijos, la ley considera a los padres como los responsables directos de la conducta y el proceder de sus hijos, todo ello con el objetivo de que recaiga sobre sus bienes personales la obligación de proporcionar una indemnización civil a las personas que resultaron perjudicadas por las acciones de sus hijos.
Por lo que respecta al plazo de prescripción de los actos de responsabilidad civil por todos los daños que se derivaron de las acciones delictivas de los hijos, es de 15 años.
Área de Derecho de Familia y Sucesiones – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados de Familia en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.