El pasado 9 de marzo de 2023 se publicó la Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se declaran las zonas sensibles en las cuencas intercomunitarias.

Las masas de agua que incluyen zonas declaradas sensibles de acuerdo con el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, de desarrollo del Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, se incluyen dentro del programa de control operativo, y tienen en cuenta las especificaciones señaladas en la propia norma por las que se designan dichas zonas como zona protegida.

La declaración de estas zonas sensibles se encarga de realizarla la Administración General del Estado cuando estas zonas se encuentren en cuencas hidrográficas que excedan del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.

Por ello, se incorpora al ordenamiento jurídico la actualización de la Directiva 91/271/CEE, que se encargará de definir los sistemas de recogida, tratamiento y vertido de las aguas residuales urbanas, siendo sometidas a tratamientos para su correcto vertido.

Todos aquellos vertidos de aguas residuales que provengan de aglomeraciones urbanas con carga superior a los 10.000 habitantes equivalentes y cuyo vertido se produzca sobre estas zonas sensibles o sus áreas de captación declaradas por riesgo de eutrofia, serán sometidas a un tratamiento adicional para la eliminación de nitrógeno, fósforo y otras sustancias.

Todo ello, para cumplir con los objetivos de calidad y ambientales de las masas de agua establecidos en los nuevos planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intercomunitarias.

En el ámbito territorial de competencia de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, todas aquellas zonas sensibles son masas de agua en las que conviene prever la eliminación de fósforo, excepto en las Lagunas de Ruidera y Parque Nacional de las Tablas de Daimiel, zonas en las que es necesario tratamiento adicional, para la eliminación de nitrógeno y fósforo, otros contaminantes o la desinfección del agua.

 

Área de Derecho Administrativo – Despacho Cobo Serrano Abogados.
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