Indemnizaciones por daños personales en accidentes.

Novedades fiscales IMPORTANTES con la Ley Órganica 1/2025

La reciente Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce importantes novedades en el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos derivados de accidentes.

Hasta ahora, la Ley del IRPF (art. 7.d) eximía de tributación a las indemnizaciones reconocidas judicialmente o establecidas por ley. Sin embargo, la nueva normativa extiende la exención a ciertos acuerdos extrajudiciales, pero con requisitos estrictos.

¿Qué indemnizaciones están exentas de tributar en el IRPF?

1. Deben derivar de daños físicos o psíquicos (quedando excluidos los daños materiales).

2. Deben ser abonadas por la compañía aseguradora, nunca directamente por el causante del daño.

3. Deben alcanzarse mediante un MASC (método adecuado de solución de controversias), como:

                               – Mediación

                               – Conciliación

                               – Intervención de una persona experta neutral

4. Es imprescindible que intervenga un tercero neutral para que el acuerdo sea válido a efectos fiscales.

5. Debe elevarse a escritura pública, siendo este un requisito formal obligatorio para aplicar la exención.

Además, el importe exento no podrá superar el valor establecido en el Baremo de Tráfico (anexo del RD 8/2004), utilizado para valorar los daños personales en accidentes de circulación.

¿Qué queda fuera de la exención?

  • Indemnizaciones pactadas entre las partes sin tercero neutral.
  • Indemnizaciones abonadas por organismos públicos o el Consorcio de Compensación de Seguros.
  • Acuerdos que no se eleven a escritura pública.

¿Qué implica esta reforma?

Puede suponer un ahorro importante para los beneficiarios de ese tipo de indemnizaciones siempre y cuando se alcancen y formalicen acuerdos que se adapten y respeten a los requisitos establecidos en esta nueva Ley.

Si has sufrido un accidente y tienes previsto recibir una indemnización, es crucial valorar adecuadamente la corrección de cualesquiera acuerdo a las previsiones legales ya que de ello va a depender la posible exención fiscal.

Desde Cobo Serrano Abogados, te asesoramos sobre cómo formalizar correctamente un acuerdo indemnizatorio y optimizar su tratamiento fiscal.

Área de Derecho Civil – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

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