Elaboración del calendario laboral de empresa para el ejercicio 2026.

La elaboración del calendario laboral es una obligación esencial para las empresas que debe realizar anualmente. Su contenido depende en gran medida del convenio colectivo de aplicación al no establecer la legislación estatal un contenido específico, incluyendo con carácter general: jornada anual (el total de horas de trabajo previstas para el año); días laborables; días festivos (nacionales como autonómicos y locales); el horario de trabajo; descansos semanales; días inhábiles establecidos por la empresa (como las vacaciones colectivas –si es el caso- o días de cierre en la empresa) y turnos de trabajo (si es el caso).  El calendario debe consultarse y negociarse con los representantes legales de los trabajadores, aunque consulta y negociación no significa la obligación de llegar, necesariamente, a un acuerdo.

Área de Derecho Laboral – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

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