Convocada Huelga General 15 de Octubre de 2025

Los sindicatos CCOO y UGT han convocado una huelga general para el próximo 15 de octubre de 2025, que afectará a todas las actividades laborales y funcionariales desarrolladas en el territorio nacional, tanto en el sector privado como en las administraciones públicas.

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME) han remitido una comunicación informativa dirigida a las empresas sobre los aspectos más relevantes de esta convocatoria, con el fin de facilitar la organización de los recursos humanos y los servicios mínimos.

OBJETIVOS DE LA HUELGA GENERAL

Los objetivos de la huelga general son:

–  Exigir el respeto de los derechos humanos del pueblo palestino y el fin del genocidio perpetrado por el Estado de Israel en la franja de Gaza.

– Alertar de riesgos en la estabilidad política y económica de una zona geoestratégica que afectan al mantenimiento del empleo y de los servicios públicos, y al derecho a unas condiciones de trabajo dignas y justas, y con ella se exige la adopción de políticas y medidas pacíficas que minimicen estos efectos negativos.

– Priorizar la paz, la justicia social y la protección de derechos, frente a la escalada armamentística y sus consecuencias devastadoras en la estabilidad socioeconómica.

– Exigir el respeto de los derechos humanos y que se respete el derecho a recibir informaciones y opiniones y el derecho a difundirlas.

– Exigir la derogación inmediata de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo (Ley Mordaza).

DURACIÓN Y HORARIOS DE LA HUELGA

Durante la huelga, el ejercicio del derecho debe realizarse mediante la cesación de la prestación de servicios, sin ocupación del centro de trabajo ni de sus dependencias.

La huelga se convoca de forma parcial, con una duración de dos horas por turno de trabajo, en los siguientes horarios:

  • Turno de mañana o jornada partida: de 10:00 a 12:00 horas.
  • Turno de tarde: de 17:00 a 19:00 horas.
  • Turno de noche: de 02:00 a 04:00 horas.

Pese a la convocatoria, las empresas deberán mantener abiertos sus centros de trabajo durante la jornada para permitir el acceso a aquellas personas que opten por no secundar la huelga y ejercer su derecho constitucional al trabajo.

SERVICIOS MÍNIMOS Y MANTENIMIENTO

Las empresas, en colaboración con los representantes de los trabajadores, deberán designar el personal necesario para garantizar los servicios mínimos de mantenimiento y seguridad, con el objetivo de proteger a las personas, las instalaciones, la maquinaria, las materias primas y facilitar la posterior reanudación de la actividad.

En caso de falta de cooperación sindical, la empresa podrá realizar directamente la designación, dejando constancia de ello.

Cuando la huelga afecte a servicios públicos esenciales, la autoridad gubernativa podrá dictar los correspondientes decretos de servicios mínimos, de obligado cumplimiento.

EFECTOS JURÍDICOS Y RETRIBUTIVOS

Los principales efectos legales de la participación en la huelga son los siguientes:

  • No devengo del salario correspondiente al tiempo de huelga, con descuento proporcional del salario base y complementos.
  • No procede descuento sobre complementos extrasalariales.
  • La huelga no afecta a la duración ni a la retribución de las vacaciones.

RECOMENDACIÓN FINAL

Se aconseja a las empresas planificar con antelación la jornada del 15 de octubre, informando al personal, designando los servicios mínimos y adoptando las medidas necesarias para garantizar tanto el ejercicio del derecho de huelga como el del derecho al trabajo, dentro del marco legal vigente.

Si se encuentra en una situación como la prevista, en Cobo Serrano Abogados le acompañamos en todo el proceso, ofreciendo un asesoramiento integral, claro y seguro para garantizar la obtención de los mejores resultados.

Área de Derecho Laboral – Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

LinkedIn
Facebook
X
WhatsApp
Telegram
Threads
Email

Noticias Relacionadas

Pactos Parasociales

En nuestra última intervención en radio hablamos sobre la importancia de los acuerdos parasociales, unos pactos privados entre socios que, aunque no aparecen en los estatutos ni en el Registro

Leer más »