Catastro pretende cambiar los linderos de mi finca: ¿puedo recurrir?

Cada vez más propietarios reciben notificaciones del Catastro modificando sus parcelas.

No son pocos los propietarios de fincas rústicas y urbanas que, al revisar una notificación de la Dirección General del Catastro, descubren con sorpresa que la Administración pretende alterar la superficie, los linderos o incluso la configuración gráfica de su inmueble.

Estas modificaciones suelen producirse a través de procedimientos de subsanación de discrepancias, procedimientos de regularización catastral, procedimientos de inspección o expedientes de alteración catastral iniciados de oficio o a instancia de terceros.

La consecuencia puede ser especialmente grave cuando el cambio afecta a los límites de la finca y provoca la reducción de superficie declarada, la invasión de terrenos colindantes o la modificación de elementos que históricamente venían siendo reconocidos como parte integrante de la propiedad.

Ante esta situación muchos propietarios se plantean una misma pregunta: ¿Está obligado el titular a aceptar la modificación propuesta por el Catastro?

La recepción de una notificación catastral modificando los linderos de una finca no significa que el propietario haya perdido sus derechos ni que la propuesta administrativa deba aceptarse automáticamente.

Cada expediente debe analizarse individualmente para comprobar si la actuación administrativa se encuentra suficientemente justificada y si respeta la realidad física y documental de la propiedad.

Cuando existan dudas sobre la corrección de la alteración propuesta, resulta fundamental actuar con rapidez, recopilar la documentación pertinente y ejercer los mecanismos de defensa previstos por la Ley.

Una actuación temprana puede evitar la consolidación de errores que posteriormente resultan mucho más difíciles de corregir.

Área de derecho administrativo Despacho Cobo Serrano Abogados.
Abogados en Alcázar de San Juan, Ciudad Real.

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